El Tribunal Administrativo de Casanare ha emitido una sentencia el 12 de diciembre de 2025, anulando una decisión judicial anterior que ordenaba la continuidad del concurso para la elección del Contralor Departamental de Casanare para el periodo 2026-2029.
Esta resolución se da tras la impugnación presentada por la Asamblea Departamental de Casanare. La decisión del Tribunal revoca un fallo de primera instancia que había amparado los derechos al debido proceso y acceso a cargos públicos de dos aspirantes, Élver Quijano Molina y Mily García Ureña.
La principal razón esgrimida por el Tribunal fue la «carencia actual de objeto por sustracción de materia o hecho sobreviniente». El Tribunal encontró que, previo a la tutela inicial, la Asamblea de Casanare ya había expedido la Resolución No. 069 el 13 de noviembre de 2025, mediante la cual revocó de manera integral la convocatoria.
Adicionalmente, el contrato con la Universidad de Cartagena, entidad encargada del proceso de selección, fue terminado por mutuo acuerdo el 26 de noviembre de 2025.
La Asamblea Departamental justificó la revocatoria integral de la convocatoria alegando la verificación de «irregularidades graves», entre ellas la «ruptura de la cadena de custodia, reserva y confidencialidad de la prueba de conocimientos».
Según la corporación, estas medidas eran necesarias para «garantizar la transparencia y ajustar el proceso al ordenamiento superior». El Tribunal concluyó que los aspirantes al cargo no poseían «derechos adquiridos» con la mera publicación de resultados preliminares, sino únicamente «meras expectativas».
Por lo tanto, la decisión de la Asamblea de revocar la convocatoria no transgrede los derechos de los participantes, lo que llevó a la revocatoria de la sentencia de primera instancia.



