El Tribunal Administrativo de Casanare confirmó el 17 de marzo de 2025 una sentencia que obliga al alcalde Jorge Camilo Abril Tarache a transferir fondos recaudados por el impuesto de alumbrado público a la Empresa Mixta de Alumbrado del municipio. La decisión ratifica un fallo anterior del Juzgado Primero Administrativo de Yopal, emitido el 13 de febrero del mismo año.
El mandato judicial exige al funcionario cumplir el Acuerdo Municipal 500.02-023 de 2022, que establece la obligación de girar estos recursos a la empresa encargada del servicio. Según la providencia, el alcalde incumplió su deber al no realizar las transferencias correspondientes, lo que motivó la demanda.
Plazo y consecuencias
El fallo otorga 10 días hábiles al alcalde para girar los recursos retenidos por concepto de alumbrado público. También debe ajustar los trámites administrativos para garantizar el cumplimiento continuo del acuerdo municipal.
Si no acata la orden, enfrentará desacato, sanción que incluye multas o arresto. Además, podría aplicarse el artículo 454 del Código Penal, que castiga el fraude a resoluciones judiciales o administrativas.
La empresa mixta de alumbrado público del municipio, afectada por la retención de fondos, logró que los tribunales confirmaran su derecho a recibir los recursos para operar el servicio.