La Corte Suprema de Justicia ratificó la absolución de Whitman Herney Porras Pérez, exgobernador de Casanare, en el proceso judicial por presuntas irregularidades en la celebración de convenios para la implementación de programas de educación superior a distancia.
La decisión responde a la apelación interpuesta por la Gobernación de Casanare contra la sentencia absolutoria dictada en marzo de 2022 por la Sala Especial de Primera Instancia, la cual concluyó que no se demostró responsabilidad penal del exmandatario.
Antecedentes del caso
Porras Pérez fue investigado por la firma de los convenios 026 y 0273 de 2007 con la Universidad de Pamplona, cuyo propósito era ofrecer programas de educación superior a distancia en el departamento. La Fiscalía argumentó que dichos acuerdos presentaban irregularidades, como la ausencia de estudios previos, la falta de transparencia en la selección de la universidad y la entrega anticipada de recursos.
Si bien la Sala Especial de Primera Instancia encontró fallas en la ejecución del convenio 0273, determinó que no existían pruebas que acreditaran dolo o culpa por parte del exgobernador en la celebración del contrato.
Decisión de la Corte Suprema
La Gobernación de Casanare apeló la absolución, sosteniendo que Porras Pérez, en su calidad de gobernador, tenía la obligación de verificar los estudios previos y que su omisión configuraba el delito de celebración de contratos sin el cumplimiento de requisitos legales, tipificado en el artículo 410 del Código Penal. Además, argumentó que, dada su formación en economía y contratación estatal, debía haber actuado con mayor diligencia.
No obstante, la Corte Suprema confirmó la absolución al considerar que no se acreditó la existencia de dolo o culpa en la actuación del exgobernador. Si bien se identificaron deficiencias en los estudios previos, no se logró demostrar que Porras Pérez hubiera incumplido deliberadamente su deber de verificación.
El alto tribunal enfatizó que la delegación de funciones a otros funcionarios y la ausencia de pruebas concluyentes sobre su participación directa en las presuntas irregularidades impiden establecer su responsabilidad penal. Asimismo, reiteró que la formación profesional o el rol social de un funcionario no constituyen, por sí mismos, fundamentos suficientes para una condena, ya que la carga probatoria en materia penal exige la demostración clara de dolo o culpa.
Con esta decisión, la absolución de Whitman Herney Porras Pérez queda en firme, cerrando definitivamente el proceso en su contra, dado que contra este fallo en segunda instancia no procede recurso alguno.
La sentencia reafirma el principio de legalidad en los procesos penales y la importancia de la prueba en la determinación de la responsabilidad de los servidores públicos en materia de contratación estatal.

